Rendimientos de capital inmobiliario en el IRPF
A tenor del artículo 22 LIRPF tienen la consideración de rendimientos de capital inmobiliario el importe que por todos los conceptos deba satisfacer el adquirente, cesionario, arrendatario o subarrendatario, incluido, en su caso, el correspondiente a todos aquellos bienes cedidos… Continue Reading